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“A los extranjeros autónomos les ofrecemos asesoramiento personalizado” PDF Imprimir E-Mail

LORENZO AMOR, PRESIDENTE DE ATA. La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) cuenta con medio millar de organizaciones asociadas, 470.000 autónomos representados y 72 sedes en 15 comunidades autónomas. Su Presidente nos explica los requisitos que un extranjero debe llenar para darse de alta como autónomo y los programas de formación y otras ayudas que tienen para el emprendedor.

Lorenzo Amor¿Qué requisitos debe tener una persona extranjera para darse de alta como autónomo?
Lo principal es que tenga un permiso de trabajo y residencia, que le autorizan a trabajar por cuenta propia. En el caso de extranjeros no comunitarios, tienen que tener un permiso de carácter permanente. Además, debe cumplir unos requisitos fiscales (darse de alta en declaración censal) y laborales (afiliarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

Si se compara con la creación de una sociedad ¿qué ventajas tiene ser un empresario individual autónomo?
Como principales ventajas, se encuentra que no requiere la adquisición de personalidad jurídica, por lo que implica un menor número de trámites burocráticos. Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos creemos que es, sin duda, la forma más ágil para el funcionamiento de las pequeñas empresas. Además, al ser autónomo se dispone de total autonomía de medios y control de la gestión.

¿Hasta dónde se extiende la responsabilidad del autónomo en el manejo de su negocio, respecto de terceros, en caso de que deudas por malos resultados?
El autónomo-persona física responde con su patrimonio personal a las deudas que genere su actividad, como serían, por ejemplo, las deudas con proveedores; y responde con todos sus bienes presentes y futuros pudiendo alcanzar el patrimonio del cónyuge en caso de estar casado en régimen de gananciales. Sin embargo, y a raíz de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo que entró en vigor el pasado octubre, se establece una serie de límites a la responsabilidad del trabajador autónomo ante sus deudas tributarias o a la Seguridad Social, calificando de inembargable su vivienda habitual y dándole el plazo de un año para afrontarlas.

¿Qué programas concretos de ayuda al inmigrante emprendedor tiene la ATA para este año de 2008?
Son muchos los programas que desde ATA  ponemos a disposición de los inmigrantes. Entre los más significativos está el asesoramiento personalizado que ponemos a disposición de todos los extranjeros que quieran constituirse como autónomos o que siendo autónomos, tienen cualquier tipo de dudas, a través de un convenio con el Ayuntamiento de Madrid. Además, en nuestra página web podrá encontrar ayuda y respuesta a todas sus preguntas: normas, cursos de formación, centros de ayuda a emprendedores, seguros. Hemos publicado guías de prevención de riesgos laborales, traducidas a tres idiomas, porque consideramos que la siniestralidad laboral tenemos que erradicarla de una forma activa y radical.

¿Cuál es el procedimiento que debe llenar el autónomo que quiera registrarse como afiliado a ATA, para recibir los beneficios que esa entidad ofrece a los inmigrantes emprendedores?
Pertenecer a ATA es muy sencillo. Tan sólo es necesario ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 902. 263.609 y le informaremos de todos nuestros servicios, como cursos gratuitos, asesoría jurídica de todo tipo, convenios con entidades financieras, ayudas y subvenciones, información sobre el mundo de los autónomos, etc.

Sitio web: www.autonomosinmigrantes.com

 

 
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